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Alumbrado exterior aéreo

Ángeles hizo esta solicitud de acceso a la información a Junta de Castilla y León

La solicitud está esperando aclaración. Si es Ángeles, por favor abrir sesión mandar un mensaje de seguimiento.

De: Ángeles

10 de diciembre de 2013

Estimado Junta de Castilla y León,

Buenos días,
Desearía me ayudasen con la siguiente cuestión:
Tenemos una vivienda familiar en un municipio de Palencia, en la
que no vivimos habitualmente por razones de trabajo, aunque solemos
acudir todos los fines de semana.
Hace unos sábados, descubrimos que nos habían taladrado la fachada
alrededor de toda la casa para instalar una farola mediante
instalación aérea en la parte trasera de la casa, que no es calle
como tal, sino una salida de vehículos, por petición de dos vecinos
(uno vive en Palencia y otro en Santander), sin consultarnos ni
pedir permiso, a pesar de conocernos, vernos y tener familia allí.
Nuestra casa está rehabilitada y nos han destrozado la fachada, la
cual dá a tres calles, dos de las cuales no son calles, sino
accesos para salida de vehículos.
El pueblo es muy pequeño: 90 censados, todos nos conocemos y
carecen de PGOU.
El alcalde no quiere dar explicaciones a pesar de ser el
responsable de dicha instalación y la secretaria del Ayuntamiento
nos remite a él continuamente.
Mis preguntas son:
1º.-¿Pueden realizar actualmente la instalación de una farola con
los cables de forma aérea?
2º.- ¿Pueden hacer taladros por toda la fachada alrededor de la
casa sin comunicarte nada y destrozarla?
3º.- ¿Puede el alcalde por serlo, disponer a su antojo de las
fachadas de los vecinos, dotar de alumbrado público en zonas no
públicas (solicitamos el arreglo de unas humedades en la fachada
que se filtraban de la calle y el alcalde nos contestó que no era
calle) alumbrado costeado con el dinero de los contribuyentes para
uso privado?
4º.- ¿Cómo podemos solucionarlo?
Quedo a la espera de sus noticias,. Muchas gracias por la tención.

Un saludo,

Ángeles

Enlace

De: Antonio Ibañez Pascual
Junta de Castilla y León

13 de diciembre de 2013

Buenos días,

La cuestión planteada no es competencia propia de la Junta de Castilla y León.

Habrá de ser resuelta en función de la normativa urbanística que resulte de aplicación en el municipio correspondiente, ya sea el instrumento de planeamiento municipal o supra municipal (en ausencia del anterior, es decir, Normas Urbanísticas supra municipales de la provincia), así como de acuerdo a la normativa sectorial que resulte de aplicación en la materia planteada (código técnico de la edificación o reglamento electrotécnico de baja tensión).

Un saludo.

Enlace

Eva Belmonte dejó un comentario (13 de enero de 2014)

Hola,

Si estás esperando aclaración puedes volver a preguntar para decirles qué es exactamente lo que quieres que te aclaren y así puedan responderte. Saludos y gracias,

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Cosas que hacer con esta solicitud

Cualquiera:
Sólo Junta de Castilla y León: