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Cálculo de futura Jubilación

P.Aprende hizo esta solicitud de acceso a la información a Ministerio de Empleo y Seguridad Social

La respuesta no ha sido satisfactoria.

De: P.Aprende

23 de abril de 2015

Estimado Ministerio de Empleo y Seguridad Social,

Recientemente he acudido al organismo correspondiente de la
Seguridad Social para que me hicieran una estimación del cálculo
futuro de mi jubilación. Su respuesta, aunque amable, es que solo
realizan el cálculo con 6 meses de antelación al hecho causante,
tal como ustedes denominan a la fecha de jubilación real.
No es mi caso porque me faltan varios años para llegar a esa fecha
real de jubilación, sin embargo, precisamente por eso, debo
contratar con la Seguridad Social un Convenio Especial, con el fin
de mantener mi actual nivel de cotizaciones y conseguir de esta
forma obtener el 100% de mi base reguladora.
Necesito esa estimación de la base reguladora, con los datos
actuales, a sabiendas que en el futuro las leyes pueden cambiar,
así como las cifras de bases de cotización. Pero es importante para
mí conocer ese dato para calcular la base de cotización que debo
contratar en el Convenio Especial.
No entiendo por qué siendo ambos organismos de la Seguridad Social
y dependientes del mismo Ministerio, no lo pueden hacer. Creo que
es mi Derecho a Conocer, son mis datos y quiero saber el futuro
(estimado) que me espera. Además el Presidente del Gobierno
prometió que para Diciembre del 2014 lo enviarían a cada ciudadano
mayor de 50 años.
¿No creen que ya es bastante castigo que nos hayan expulsado del
mundo laboral con estas edades, para que además, el Ministerio que
debe protegernos, nos haga la vida más díficil?.
¿Pueden decirme Organismo y Responsable concreto con quién debo
ponerme en contacto para cerrar este tipo de gestiones, sin que me
respondan con evasivas?.
Les adelanto que su Web dónde se calcula la jubilación no me sirve,
no me aporta los datos que necesito.

Y una segunda pregunta: ¿Qué ocurriría si no contrato el Convenio
Especial con la Seguridad Social?. ¿Es posible que después de 42
años cotizados no tenga derecho a la Seguridad Social por no estar
de Alta en el sistema?.

Atentamente,

P.Aprende

Enlace

De: GESAT - Ministerio de la Presidencia

23 de abril de 2015

Hemos recibido su solicitud de registro de Derecho de acceso y se le ha
asignado el nº de expediente:  001-001926.

Puede usted acceder a la solicitud desde la
[1]http://transparencia.gob.es/ desde la sección "Derecho de acceso a la
información - Estado de mis solicitudes" que podrá encontrar en la parte
superior de la página. Le recordamos que el plazo máximo para contestar a
su solicitud es de un mes desde que la misma se encuentre en el poder del
Centro Directivo competente en la información solicitada.

Ministerio de la Presidencia

References

Visible links
1. http://transparencia.gob.es/

Enlace

M. Ángel Gavilanes dejó un comentario (23 de abril de 2015)

Estimado usuario de Tu Derecho a Saber,

Esta respuesta que acabas de recibir es solo un acuse de recibo que envía el Portal de Transparencia de forma automática. Lo que significa, por el momento, es que ha sido recibida y registrada en el organismo correspondiente. Como nosotros nos hemos encargado de trasladarla por ti, te avisaremos cuando haya respuesta. Si tienes cualquier duda, escríbenos a contacto [arroba] tuderechoasaber.es.

Gracias!

Link to this

De: GESAT - Ministerio de la Presidencia

20 de mayo de 2015

Le informamos que tiene una notificación en relación a su expediente
001-001926 del procedimiento: Derecho de acceso

Puede usted acceder a esta notificación en la dirección
[1]http://transparencia.gob.es/, desde la sección ""Derecho de acceso a la
información - Estado de mis solicitudes"", que podrá encontrar en la parte
superior de la página.

References

Visible links
1. http://transparencia.gob.es/

Enlace

De: El equipo de tuderechoasaber.es

21 de mayo de 2015


Attachment Notificacion de comienzo de tramitaci n 19.pdf
154K Download View as HTML


Este documento (en el adjunto) notifica el comienzo de la tramitación de
tu expediente. A partir de ahora, se inician los plazos legales para
obtener tu respuesta. Gracias.
--
Muchas gracias por contactar con [1]tuderechoasaber.es si quieres
ayudarnos con este proyecto pincha [2]aquí

Síguenos en [3]twitter y [4]Facebook

References

Visible links
1. http://tuderechoasaber.es/
2. http://www.tuderechoasaber.es/es/help/he...
3. https://twitter.com/#%21/tuderechoasaber
4. http://www.facebook.com/tuderechoasaber

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De: GESAT - Ministerio de la Presidencia

28 de mayo de 2015

Le informamos de la emisión de resolución en relación a su expediente
001-001926 del procedimiento: Derecho de acceso

Puede usted acceder al documento de la resolución desde
[1]http://transparencia.gob.es/ desde la sección "Derecho de acceso a la
información - Estado de mis solicitudes" que podrá encontrar en la parte
superior de la página.

Ministerio de la Presidencia

References

Visible links
1. http://transparencia.gob.es/

Enlace

De: El equipo de tuderechoasaber.es

03 de junio de 2015


Attachment Notificacion 001 001926 003778 csv.pdf
296K Download View as HTML


La respuesta va en el adjunto. Gracias.
--
Muchas gracias por contactar con [1]tuderechoasaber.es si quieres
ayudarnos con este proyecto pincha [2]aquí

Síguenos en [3]twitter y [4]Facebook

References

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1. http://tuderechoasaber.es/
2. http://www.tuderechoasaber.es/es/help/he...
3. https://twitter.com/#%21/tuderechoasaber
4. http://www.facebook.com/tuderechoasaber

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P.Aprende dejó un comentario (05 de junio de 2015)

La respuesta es No Satisfactoria, sencillamente porque no responden. Me remiten a su Web, tanto para conocer condiciones de Jubilación como el Autocálculo, sin embargo, no han tenido en cuenta lo que explico en mi solicitud. Ya he consultado su Web, ya he utilizado el autocálculo, ya he ido a sus oficinas presencialmente y no se resuelven mis preguntas. Son temas que afectan a un colectivo amplio de mayores de 50 años. Las leyes son farragosas e interpretables y mi pregunta era muy concreta. ¿Que pasaría si no contrato un Convenio Especial con la SS, hasta la fecha en que pueda jubilarme?. ¿Tendría derecho a los servicios idénticos a los recibidos,durante los 42 años cotizados, o formaría parte del colectivo de los "SIN PAPELES"?.
Mañana vuelvo a otra oficina presencial y si no recibo respuestas concretas voy a efectuar una reclamación. Me pregunto, ¿para que han creado el Portal de la Transparencia, si no resuelven lo que de otra forma parece imposible resolver?. ¿Voy a tener que utilizar otros medios menos civilizados?,

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Cosas que hacer con esta solicitud

Cualquiera:
Sólo Ministerio de Empleo y Seguridad Social: