¡Colabora con nosotros!

Tramitaciones de la Ley de Dependencia

Juan H hizo esta solicitud de acceso a la información a Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

La solicitud fue parcialmente exitosa.

De: Juan H

19 de mayo de 2012

Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
Me gustaría saber por que no se quieren tramitar las resoluciones
de la Ley de Dependencia resueltas en el presente año (2012), a
nivel de Ayuntamiento, acogiendose a la resolución decimocuarta del
BOE 315 de fecha 31 de diciembre de 2011.
Dicha resolución no dice que no se tramiten, si no que se empezaran
a percibir a partir del año 2013 en el nivel y grado que me afecta.

Un saludo,

Juan H

Enlace

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

21 de mayo de 2012

Su correo ha sido reenviado a la unidad de información de la Secretaría de
Estado de Servicios Sociales e Igualdad ([1][email address] ) ,
desde donde recibirá la respuesta.

 

Saludos

 

 

Oficina de Información y Atención al Ciudadano

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Paseo del Prado, nº 18 - 20

28071 - MADRID

Tfno: 901400100

www.msssi.es

[Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad request email]

 

 

-----Mensaje original-----
De: Juan H [mailto:[FOI #452 email]]
Enviado el: sábado, 19 de mayo de 2012 10:14
Para: Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Asunto: solicitud acceso a la información - Tramitaciones de la Ley de
Dependencia

 

     Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,

     Me gustaría saber por que no se quieren tramitar las resoluciones

     de la Ley de Dependencia resueltas en el presente año (2012), a

     nivel de Ayuntamiento, acogiendose a la resolución decimocuarta del

     BOE 315 de fecha 31 de diciembre de 2011.

     Dicha resolución no dice que no se tramiten, si no que se empezaran

     a percibir a partir del año 2013 en el nivel y grado que me afecta.

    

     Un saludo,

    

     Juan H

    

     -------------------------------------------------------------------

    

     Por favor use la siguiente dirección de correo para todas las

     respuestas a esta solicitud:

     [FOI #452 email]

    

     ¿Es [Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad request email] la dirección incorrecta para solicitudes acceso a

     la información a Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e

     Igualdad? Si es así, por favor contáctenos usando el siguiente

     formulario:

     http://www.tuderechoasaber.es/es/help/co...

    

     Atención: Este mensaje y cualquier respuesta que hagas serán

     publicadas en Internet. Nuestras políticas de privacidad y

     copyright:

     http://www.tuderechoasaber.es/es/help/of...

    

     Si encuentra este servicio útil como responsable de acceso a la

     información, pida al responsable de su web que añada un enlace a

     nuestra web.

    

    

     -------------------------------------------------------------------

 

--------------------------------------------------------------------------

CONFIDENCIALIDAD. El contenido de este mensaje y el de cualquier
documentación anexa es confidencial y va dirigido únicamente al
destinatario del mismo. Si Usted no es el destinatario, le solicitamos que
nos lo indique, no comunique su contenido a terceros y proceda a su
destrucción.

CONFIDENTIALITY. The content of this message and any attached information
is confidential and exclusively for the use of the addressee. If you are
not the addressee, we ask you to notify to the sender, do not pass its
content and delete the original.

References

Visible links
1. mailto:[email address]

ocultar el final del mensaje

Enlace

De: Juan H

21 de junio de 2012

Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,no he
recibido contestación en tiempo y forma sobre la siguiente
cuestión:
Me gustaría saber por que no se quieren tramitar las resoluciones
de la Ley de Dependencia resueltas en el presente año (2012), a
nivel de Ayuntamiento, acogiendose a la resolución decimocuarta del
BOE 315 de fecha 31 de diciembre de 2011.
Dicha resolución no dice que no se tramiten, si no que se empezaran
a percibir a partir del año 2013 en el nivel y grado que me afecta.

Un saludo,

Juan H

Enlace

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

22 de junio de 2012

Su nuevo correo ha sido ha sido reenviado a la unidad de información de la
Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad
([1][email address] ) , desde donde recibirá la respuesta.

 

Saludos

 

 

Oficina de Información y Atención al Ciudadano

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

Paseo del Prado, nº 18 - 20

28071 - MADRID

Tfno: 901400100

www.msssi.es

[dirección de Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad]

 

 

-----Mensaje original-----
De: Juan H [mailto:[dirección editada]]
Enviado el: jueves, 21 de junio de 2012 17:30
Para: Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Asunto: RE: solicitud acceso a la información - Tramitaciones de la Ley de
Dependencia (exp: 3796/12/ip)

 

     Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,no he

     recibido contestación en tiempo y forma sobre la siguiente

     cuestión:

     Me gustaría saber por que no se quieren tramitar las resoluciones

     de la Ley de Dependencia resueltas en el presente año (2012), a

     nivel de Ayuntamiento, acogiendose a la resolución decimocuarta del

     BOE 315 de fecha 31 de diciembre de 2011.

     Dicha resolución no dice que no se tramiten, si no que se empezaran

     a percibir a partir del año 2013 en el nivel y grado que me afecta.

    

     Un saludo,

    

     Juan H

    

     -----Original Message-----

    

     Su correo ha sido reenviado a la unidad de información de la

     Secretaría de

     Estado de Servicios Sociales e Igualdad ([1][email address] ) ,

     desde donde recibirá la respuesta.

    

      

    

     Saludos

    

      

    

      

    

     Oficina de Información y Atención al Ciudadano

    

     Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

    

     Paseo del Prado, nº 18 - 20

    

     28071 - MADRID

    

     Tfno: 901400100

    

     www.msssi.es

    

     [Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad request

     email]

    

      

    

      

    

     -----Mensaje original-----

     De: Juan H [mailto:[FOI #452 email]]

     Enviado el: sábado, 19 de mayo de 2012 10:14

     Para: Oficina de Información y Atención al Ciudadano

     Asunto: solicitud acceso a la información - Tramitaciones de la

     Ley de

     Dependencia

    

      

    

          Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e

     Igualdad,

    

          Me gustaría saber por que no se quieren tramitar las

     resoluciones

    

          de la Ley de Dependencia resueltas en el presente año (2012),

     a

    

          nivel de Ayuntamiento, acogiendose a la resolución

     decimocuarta del

    

          BOE 315 de fecha 31 de diciembre de 2011.

    

          Dicha resolución no dice que no se tramiten, si no que se

     empezaran

    

          a percibir a partir del año 2013 en el nivel y grado que me

     afecta.

    

         

    

          Un saludo,

    

         

    

          Juan H

    

         

    

         

     -------------------------------------------------------------------

    

         

    

          Por favor use la siguiente dirección de correo para todas las

    

          respuestas a esta solicitud:

    

          [FOI #452 email]

    

         

    

          ¿Es [Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

     request email] la dirección incorrecta para solicitudes acceso a

    

          la información a Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e

    

          Igualdad? Si es así, por favor contáctenos usando el

     siguiente

    

          formulario:

    

          http://www.tuderechoasaber.es/es/help/co...

    

         

    

          Atención: Este mensaje y cualquier respuesta que hagas serán

    

          publicadas en Internet. Nuestras políticas de privacidad y

    

          copyright:

    

          http://www.tuderechoasaber.es/es/help/of...

    

         

    

          Si encuentra este servicio útil como responsable de acceso a

     la

    

          información, pida al responsable de su web que añada un

     enlace a

    

          nuestra web.

    

         

    

         

    

         

     -------------------------------------------------------------------

    

      

    

     -------------------------------------------------------------------

     Por favor use la siguiente dirección de correo para todas las

     respuestas a esta solicitud:

     [dirección editada]

    

     Atención: Este mensaje y cualquier respuesta que hagas serán

     publicadas en Internet. Nuestras políticas de privacidad y

     copyright:

     http://www.tuderechoasaber.es/es/help/of...

    

     Si encuentra este servicio útil como responsable de acceso a la

     información, pida al responsable de su web que añada un enlace a

     nuestra web.

    

     -------------------------------------------------------------------

 

--------------------------------------------------------------------------

CONFIDENCIALIDAD. El contenido de este mensaje y el de cualquier
documentación anexa es confidencial y va dirigido únicamente al
destinatario del mismo. Si Usted no es el destinatario, le solicitamos que
nos lo indique, no comunique su contenido a terceros y proceda a su
destrucción.

CONFIDENTIALITY. The content of this message and any attached information
is confidential and exclusively for the use of the addressee. If you are
not the addressee, we ask you to notify to the sender, do not pass its
content and delete the original.

References

Visible links
1. mailto:[email address]

ocultar el final del mensaje

Enlace

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

04 de julio de 2012

Hola. Buenos días.
Hemos recibido su correo y a la vez que tomamos muy en consideración sus
razonamientos y observaciones, con mucho gusto le informamos que son las
comunidades autónomas las administraciones públicas competentes para la
tramitación y resolución de las solicitudes presentadas en relación con el
reconocimiento de la situación de dependencia, así como de las
prestaciones que puedan corresponder a las personas beneficiarias.
Por ello, tendría que dirigirse al órgano con atribuciones en esta materia
de su localidad de residencia a fin de obtener información sobre
cualquier incidencia relativa a la gestión de su solicitud.
Con saludos muy cordiales, quedamos a su disposición.
                                Concha Gavarrón.
          Jefa de Área de Atención Ciudadana. 
             Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
 
 
 
-----Mensaje original-----
De: Juan H [[1]mailto:[dirección editada]]
Enviado el: jueves, 21 de junio de 2012 17:30
Para: Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Asunto: RE: solicitud acceso a la información - Tramitaciones de la Ley de
Dependencia (exp: 3796/12/ip)
 
     Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,no he
     recibido contestación en tiempo y forma sobre la siguiente
     cuestión:
     Me gustaría saber por que no se quieren tramitar las resoluciones
     de la Ley de Dependencia resueltas en el presente año (2012), a
     nivel de Ayuntamiento, acogiendose a la resolución decimocuarta del
     BOE 315 de fecha 31 de diciembre de 2011.
     Dicha resolución no dice que no se tramiten, si no que se empezaran
     a percibir a partir del año 2013 en el nivel y grado que me afecta.
     
     Un saludo,
     
     Juan H
     
     email]
     
     
     
     
     
 

--------------------------------------------------------------------------

CONFIDENCIALIDAD. El contenido de este mensaje y el de cualquier
documentación anexa es confidencial y va dirigido únicamente al
destinatario del mismo. Si Usted no es el destinatario, le solicitamos que
nos lo indique, no comunique su contenido a terceros y proceda a su
destrucción.

CONFIDENTIALITY. The content of this message and any attached information
is confidential and exclusively for the use of the addressee. If you are
not the addressee, we ask you to notify to the sender, do not pass its
content and delete the original.

References

Visible links
1. mailto:[dirección editada]

ocultar el final del mensaje

Enlace

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad

06 de julio de 2012

Hola. Buenos días.
Hemos recibido su correo y a la vez que tomamos muy en consideración sus
razonamientos y observaciones, con mucho gusto le informamos que son las
comunidades autónomas las administraciones públicas competentes para la
tramitación y resolución de las solicitudes presentadas en relación con el
reconocimiento de la situación de dependencia, así como de las
prestaciones que puedan corresponder a las personas beneficiarias.
Por ello, tendría que dirigirse al órgano con atribuciones en esta materia
de su localidad de residencia a fin de obtener información sobre cualquier
incidencia relativa a la gestión de su solicitud.
Con saludos muy cordiales, quedamos a su disposición.
                                Concha Gavarrón.
          Jefa de Área de Atención Ciudadana. 
             Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad.
 
 
 
-----Mensaje original-----
De: Juan H [[1]mailto:[dirección editada]]
Enviado el: jueves, 21 de junio de 2012 17:30
Para: Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Asunto: RE: solicitud acceso a la información - Tramitaciones de la Ley de
Dependencia (exp: 3796/12/ip)
 
     Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,no he
     recibido contestación en tiempo y forma sobre la siguiente
     cuestión:
     Me gustaría saber por que no se quieren tramitar las resoluciones
     de la Ley de Dependencia resueltas en el presente año (2012), a
     nivel de Ayuntamiento, acogiendose a la resolución decimocuarta del
     BOE 315 de fecha 31 de diciembre de 2011.
     Dicha resolución no dice que no se tramiten, si no que se empezaran
     a percibir a partir del año 2013 en el nivel y grado que me afecta.
     
     Un saludo,
     
     Juan H
     
     email]
     
     
     
     
     
 

--------------------------------------------------------------------------

CONFIDENCIALIDAD. El contenido de este mensaje y el de cualquier
documentación anexa es confidencial y va dirigido únicamente al
destinatario del mismo. Si Usted no es el destinatario, le solicitamos que
nos lo indique, no comunique su contenido a terceros y proceda a su
destrucción.

CONFIDENTIALITY. The content of this message and any attached information
is confidential and exclusively for the use of the addressee. If you are
not the addressee, we ask you to notify to the sender, do not pass its
content and delete the original.

References

Visible links
1. mailto:[dirección editada]

ocultar el final del mensaje

Enlace

Cosas que hacer con esta solicitud

Cualquiera:
Sólo Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad:

Seguir esta solicitud

Utiliza esta información

Solicitudes similares

Más solicitudes similares