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Art. 32.2.7.a TR-LOTCENC'00 Sistema General de Espacios Libres y zonas verdes de FIRGAS

Daniel Arencibia hizo esta solicitud de acceso a la información a Ayuntamiento de Firgas

La respuesta a esta solicitud está retrasada. Ayuntamiento de Firgas debería haber respondido antes de 29 de junio de 2015 (más detalles)

De: Daniel Arencibia

29 de mayo de 2015

Estimado Ayuntamiento de Firgas,

ANTECEDENTES.
I. El artículo 32.2.7.a del DECRETO Legislativo 1/2000, de 8 de
mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de
Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de
Canarias establece que:
7) La definición de la red básica de reserva de los terrenos y
construcciones destinados a las dotaciones públicas y equipamientos
privados que constituyan los sistemas generales y garanticen la
funcionalidad de los principales espacios colectivos con adecuada
calidad. Se incluyen dentro de estos sistemas generales, al menos,
los siguientes: a) El sistema general de espacios libres, parques y
plazas públicas en proporción adecuada a las necesidades sociales
actuales y a las previsibles para el futuro, con respeto de los
mínimos establecidos en las pertinentes Normas Técnicas del
Planeamiento Urbanístico, sin que en ningún caso pueda ser inferior
a cinco metros cuadrados por habitante o plaza alojativa, e
incluyendo como integrantes de este sistema los Parques
arqueológicos y etnográficos declarados como tales conforme a la
Ley del Patrimonio Histórico de Canarias.
II. Según recomendaciones de la OMS, las ciudades deben disponer,
como mínimo, de entre 10 y 15 metros cuadrados de área verde por
habitante, distribuidos equitativamente en relación a la densidad
de población. Es aconsejable que esta relación alcance valores
entre 15 y 20 metros cuadrados de zona verde útil.
En atención a la Ley 19/2013 (BOE 10/12/2013), de transparencia y
Ley 12/2014, de transparencia de Canarias, por la presente, planteo
las siguientes
SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA
1.-¿Cuál es la superficie total en el Municipio destinada al
Sistema General de Espacios Libres (art. 32.2.7.a TR-LOTCENC'00)
tras descontar dominio público marítimo terrestre, dominio público
hidráulico, franjas de protección de carreteras y demás zonas no
compatibles con el uso de ocio ciudadano?
2.-¿Qué porcentaje representa esa cifra en la superficie total del
Plan de Ordeanción Urbana?
3.-¿Cuál es la superficie de zona verde útil disponible por
habitante ?
4.-¿Qué inventario de superficies se han usado para el cálculo?
5.-¿Cuál es el ratio de árboles por habitante?
6.-¿Cumplen con los requisitos objetivos de zonas verdes útiles
usados para el cálculo de indicadores de Agenda 21 y Urban Audit?
7.-Ruego remita a mi atención copia de la información pública (art.
13 Ley 19/2013), cualquiera que sea su formato o soporte, que obre
en su poder y trate de manera específica la adecuación de la
superficie municipal a los requisitos mínimos de superficie de zona
verde útil o de sistema general de espacios libres.

Un saludo,

Daniel Arencibia

Enlace

De: Mail Delivery System

29 de mayo de 2015

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[dirección de Ayuntamiento de Firgas]
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host firgas.es [159.253.151.194]: 550 No Such User Here"

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Return-path: <[dirección editada]>
Received: from tdas by albert.tuderechoasaber.es with local (Exim 4.76)
(envelope-from <[dirección editada]>)
id 1Yy9wz-0006gm-N5; Fri, 29 May 2015 04:23:09 +0200
Date: Fri, 29 May 2015 04:23:09 +0200
From: Daniel Arencibia <[dirección editada]>
To: Ayuntamiento de Firgas <[dirección de Ayuntamiento de Firgas]>
Message-ID: <[email address]>
Subject: =?UTF-8?Q?solicitud_acceso_a_la_informaci=C3=B3n_-_Art._32.2.7.a?=
=?UTF-8?Q?_TR-LOTCENC'00_Sistema_General_de_Espacios_Libres_y_zonas_verdes?=
=?UTF-8?Q?_de_FIRGAS?=
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Estimado Ayuntamiento de Firgas,

ANTECEDENTES. =

I. El art=C3=ADculo 32.2.7.a del DECRETO Legislativo 1/2000, de 8 de mayo=
, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenaci=C3=B3=
n del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias establec=
e que: =

7) La definici=C3=B3n de la red b=C3=A1sica de reserva de los terrenos y =
construcciones destinados a las dotaciones p=C3=BAblicas y equipamientos =
privados que constituyan los sistemas generales y garanticen la funcional=
idad de los principales espacios colectivos con adecuada calidad. Se incl=
uyen dentro de estos sistemas generales, al menos, los siguientes: a) El =
sistema general de espacios libres, parques y plazas p=C3=BAblicas en pro=
porci=C3=B3n adecuada a las necesidades sociales actuales y a las previsi=
bles para el futuro, con respeto de los m=C3=ADnimos establecidos en las =
pertinentes Normas T=C3=A9cnicas del Planeamiento Urban=C3=ADstico, sin q=
ue en ning=C3=BAn caso pueda ser inferior a cinco metros cuadrados por ha=
bitante o plaza alojativa, e incluyendo como integrantes de este sistema =
los Parques arqueol=C3=B3gicos y etnogr=C3=A1ficos declarados como tales =
conforme a la Ley del Patrimonio Hist=C3=B3rico de Canarias.
II. Seg=C3=BAn recomendaciones de la OMS, las ciudades deben disponer, co=
mo m=C3=ADnimo, de entre 10 y 15 metros cuadrados de =C3=A1rea verde por =
habitante, distribuidos equitativamente en relaci=C3=B3n a la densidad de=
poblaci=C3=B3n. Es aconsejable que esta relaci=C3=B3n alcance valores en=
tre 15 y 20 metros cuadrados de zona verde =C3=BAtil.
En atenci=C3=B3n a la Ley 19/2013 (BOE 10/12/2013), de transparencia y Le=
y 12/2014, de transparencia de Canarias, por la presente, planteo las sig=
uientes =

SOLICITUDES DE INFORMACI=C3=93N P=C3=9ABLICA
1.-=C2=BFCu=C3=A1l es la superficie total en el Municipio destinada al Si=
stema General de Espacios Libres (art. 32.2.7.a TR-LOTCENC'00) tras desco=
ntar dominio p=C3=BAblico mar=C3=ADtimo terrestre, dominio p=C3=BAblico h=
idr=C3=A1ulico, franjas de protecci=C3=B3n de carreteras y dem=C3=A1s zon=
as no compatibles con el uso de ocio ciudadano? =

2.-=C2=BFQu=C3=A9 porcentaje representa esa cifra en la superficie total =
del Plan de Ordeanci=C3=B3n Urbana?
3.-=C2=BFCu=C3=A1l es la superficie de zona verde =C3=BAtil disponible po=
r habitante ?
4.-=C2=BFQu=C3=A9 inventario de superficies se han usado para el c=C3=A1l=
culo?
5.-=C2=BFCu=C3=A1l es el ratio de =C3=A1rboles por habitante?
6.-=C2=BFCumplen con los requisitos objetivos de zonas verdes =C3=BAtiles=
usados para el c=C3=A1lculo de indicadores de Agenda 21 y Urban Audit?
7.-Ruego remita a mi atenci=C3=B3n copia de la informaci=C3=B3n p=C3=BAbl=
ica (art. 13 Ley 19/2013), cualquiera que sea su formato o soporte, que o=
bre en su poder y trate de manera espec=C3=ADfica la adecuaci=C3=B3n de l=
a superficie municipal a los requisitos m=C3=ADnimos de superficie de zon=
a verde =C3=BAtil o de sistema general de espacios libres.

Un saludo,

Daniel Arencibia

-------------------------------------------------------------------

Por favor use la siguiente direcci=C3=B3n de correo para todas las respue=
stas a esta solicitud:
[dirección editada]

=C2=BFEs [dirección de Ayuntamiento de Firgas] la direcci=C3=B3n incorrecta para solicitud=
es acceso a la informaci=C3=B3n a Ayuntamiento de Firgas? Si es as=C3=AD,=
por favor cont=C3=A1ctenos usando el siguiente formulario:
http://tuderechoasaber.es/es/help/contact

Atenci=C3=B3n: Este mensaje y cualquier respuesta que hagas ser=C3=A1n pu=
blicadas en Internet. Nuestras pol=C3=ADticas de privacidad y copyright:
http://tuderechoasaber.es/es/help/officers

Si encuentra este servicio =C3=BAtil como responsable de acceso a la info=
rmaci=C3=B3n, pida al responsable de su web que a=C3=B1ada un enlace a nu=
estra web.

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Enlace

29 de mayo de 2015

Sent request to Ayuntamiento de Firgas again, using a new contact address.

M. Ángel Gavilanes dejó un comentario (29 de mayo de 2015)

Buenos días Daniel,

Hemos reenviado tu correo a una dirección válida del ayuntamiento de Firgas.

Un saludo.

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