Estudio de impacto ambiental viaducto sobre la ría de Muros Noia.
Enrique Martínez hizo esta solicitud de acceso a la información a Xunta de Galicia
La respuesta a esta solicitud está retrasada. Xunta de Galicia debería haber respondido antes de 19 de febrero de 2013 (más detalles)
De: Enrique Martínez
20 de enero de 2013
Estimado Xunta de Galicia,
Me gustaría saber como y donde consultar el contenido íntegro de
todos los estudios de impacto ambiental realizados desde el año
2000 hasta la fecha presente en referencia a la construcción del
viaducto de conexión del Corredor Brión-Noia con la AC 550.
Un saludo,
Enrique Martínez
De: 012 Xunta
Xunta de Galicia
21 de enero de 2013
Estimado ciudadano:
Como respuesta a su solicitud, se adjunta el enlace web a la información
solicitada.
[1]http://www.cmati.xunta.es/resolucions-da...
Para cualquier consulta o aclaración, le recordamos que estamos a su
disposición en el número de teléfono 012.
Atentamente,
Xunta de Galicia
Centro de Atención ao Cidadán 012
[2][dirección de Xunta de Galicia]
Esta mensaxe de correo electrónico e os seus documentos adxuntos están
dirixidos exclusivamente aos destinatarios especificados. A información
contida pode ser confidencial e/ou estar legalmente protexida e non
necesariamente reflicte a opinión da Xunta de Galicia Se vostede recibe
esta mensaxe por erro, por favor comuníquello inmediatamente ao remitente
e elimíneo xa que vostede non está autorizado ao uso, revelación,
distribución, impresión ou copia de toda ou algunha parte da información
contida. Grazas.
En cumprimento co establecido no Art. 5 da LOPD (Lei Orgánica de
Protección de Datos de Carácter Persoal, informámolos de que os seus datos
están incluídos nun ficheiro do que é responsable Conselleria de
Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza. Poderá exercitar en
calquera momento os dereitos de acceso, rectificación e oposición dos seus
datos de forma gratuíta. Para iso, pode notificalo vía e-mail á seguinte
dirección: [3][dirección de Xunta de Galicia], chamando ao teléfono 012 ou solicitándoo
mediante escrito dirixido á Secretaría Xeral da Consellería de
Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, Edificio Administrativo
de San Caetano, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña)
El 20/01/2013 12:45, Enrique Martínez escribió:
Estimado Xunta de Galicia,
Me gustaría saber como y donde consultar el contenido íntegro de
todos los estudios de impacto ambiental realizados desde el año
2000 hasta la fecha presente en referencia a la construcción del
viaducto de conexión del Corredor Brión-Noia con la AC 550.
Un saludo,
Enrique Martínez
-------------------------------------------------------------------
Por favor use la siguiente dirección de correo para todas las
respuestas a esta solicitud:
[4][dirección editada]
¿Es [5][dirección de Xunta de Galicia] la dirección incorrecta para solicitudes acceso a
la información a Xunta de Galicia? Si es así, por favor contáctenos
usando el siguiente formulario:
[6]http://tuderechoasaber.es/es/help/contact
Atención: Este mensaje y cualquier respuesta que hagas serán
publicadas en Internet. Nuestras políticas de privacidad y
copyright:
[7]http://tuderechoasaber.es/es/help/officers
Si encuentra este servicio útil como responsable de acceso a la
información, pida al responsable de su web que añada un enlace a
nuestra web.
-------------------------------------------------------------------
.
References
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1. http://www.cmati.xunta.es/resolucions-da...
2. mailto:[dirección de Xunta de Galicia]
3. mailto:[dirección de Xunta de Galicia]
4. mailto:[dirección editada]
5. mailto:[dirección de Xunta de Galicia]
6. http://tuderechoasaber.es/es/help/contact
7. http://tuderechoasaber.es/es/help/officers
De: Enrique Martínez
23 de enero de 2013
Estimado Xunta de Galicia,
Muy amablemente me remiten al buscador de resoluciones de
proyectos, pero en ese buscador la última resolución que aparece en
referencia a mi solicitud sobre el viaducto es de fecha 15-03-2005,
si tenemos en cuenta que el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11
de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos especifica lo
siguiente:
Articulo 14. Caducidad de la declaración de impacto ambiental.
1. La declaración de impacto ambiental del proyecto o actividad
caducará si una vez autorizado o aprobado el proyecto no se hubiera
comenzado su ejecución en el plazo fijado por la comunidad
autónoma. En tales casos, el promotor deberá iniciar nuevamente el
trámite de evaluación ambiental del proyecto.
En los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la
Administración General del Estado, dicho plazo será de cinco años.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el órgano
ambiental podrá resolver, a solicitud del promotor, que dicha
declaración sigue vigente al no haberse producido cambios
sustanciales en los elementos esenciales que han servido de base
para realizar la evaluación de impacto ambiental. El plazo máximo
de emisión y notificación del informe sobre la revisión de la
declaración de impacto ambiental será el que fije la comunidad
autónoma.
Si tenemos en cuenta que muy posteriormente a la fecha de este
estudio, mas en concreto con fecha 11-03-2008 se modificó el
proyecto de la variante en su totalidad con la denominación de:
Nova variante de Noia. AC/05/185.00.1 y que en 2011 comenzaron las
obras del citado viaducto con cambios "absolutamente sustanciales",
se entiende que debe haber al menos otro estudio de impacto
ambiental entre el de 2008 de la variante exterior y el comienzo de
las obras de la variante interior con viaducto sobre el estuario
del Tambre que naturalmente no aparece reflejado en el estudio
previo.
Dicho estudio de impacto ambiental no aparece en el buscador, por
lo que mi consulta no queda resuelta, les agradecería me indicasen
donde consultar ese último estudio de impacto ambiental, o en su
caso que me confirmasen que no se ha realizado..
Un saludo,
Enrique Martínez
De: 012 Xunta
Xunta de Galicia
23 de enero de 2013
Estimado ciudadano:
Como respuesta a su correo electrónico remitido el día 23 de Enero, le
informamos de la direccíon de e-mail de la Consellería de Medio Ambiente,
Territorio e Infraestructuras para que le haga llegar su solicitud.
Secretaría Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental
San Lázaro, s/n - 15781 Santiago de Compostela
Teléfono: 981 541 705
Fax: 981 541 706
E-mail: [1][email address]
Para cualquier consulta o aclaración, le recordamos que estamos a su
disposición en el número de teléfono 012.
Atentamente,
Xunta de Galicia
Centro de Atención ao Cidadán 012
[2][dirección de Xunta de Galicia]
Esta mensaxe de correo electrónico e os seus documentos adxuntos están
dirixidos exclusivamente aos destinatarios especificados. A información
contida pode ser confidencial e/ou estar legalmente protexida e non
necesariamente reflicte a opinión da Xunta de Galicia Se vostede recibe
esta mensaxe por erro, por favor comuníquello inmediatamente ao remitente
e elimíneo xa que vostede non está autorizado ao uso, revelación,
distribución, impresión ou copia de toda ou algunha parte da información
contida. Grazas.
En cumprimento co establecido no Art. 5 da LOPD (Lei Orgánica de
Protección de Datos de Carácter Persoal, informámolos de que os seus datos
están incluídos nun ficheiro do que é responsable Conselleria de
Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza. Poderá exercitar en
calquera momento os dereitos de acceso, rectificación e oposición dos seus
datos de forma gratuíta. Para iso, pode notificalo vía e-mail á seguinte
dirección: [3][dirección de Xunta de Galicia], chamando ao teléfono 012 ou solicitándoo
mediante escrito dirixido á Secretaría Xeral da Consellería de
Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, Edificio Administrativo
de San Caetano, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña)
El 23/01/2013 9:15, Enrique Martínez escribió:
Estimado Xunta de Galicia,
Muy amablemente me remiten al buscador de resoluciones de
proyectos, pero en ese buscador la última resolución que aparece en
referencia a mi solicitud sobre el viaducto es de fecha 15-03-2005,
si tenemos en cuenta que el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11
de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos especifica lo
siguiente:
Articulo 14. Caducidad de la declaración de impacto ambiental.
1. La declaración de impacto ambiental del proyecto o actividad
caducará si una vez autorizado o aprobado el proyecto no se hubiera
comenzado su ejecución en el plazo fijado por la comunidad
autónoma. En tales casos, el promotor deberá iniciar nuevamente el
trámite de evaluación ambiental del proyecto.
En los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la
Administración General del Estado, dicho plazo será de cinco años.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el órgano
ambiental podrá resolver, a solicitud del promotor, que dicha
declaración sigue vigente al no haberse producido cambios
sustanciales en los elementos esenciales que han servido de base
para realizar la evaluación de impacto ambiental. El plazo máximo
de emisión y notificación del informe sobre la revisión de la
declaración de impacto ambiental será el que fije la comunidad
autónoma.
Si tenemos en cuenta que muy posteriormente a la fecha de este
estudio, mas en concreto con fecha 11-03-2008 se modificó el
proyecto de la variante en su totalidad con la denominación de:
Nova variante de Noia. AC/05/185.00.1 y que en 2011 comenzaron las
obras del citado viaducto con cambios "absolutamente sustanciales",
se entiende que debe haber al menos otro estudio de impacto
ambiental entre el de 2008 de la variante exterior y el comienzo de
las obras de la variante interior con viaducto sobre el estuario
del Tambre que naturalmente no aparece reflejado en el estudio
previo.
Dicho estudio de impacto ambiental no aparece en el buscador, por
lo que mi consulta no queda resuelta, les agradecería me indicasen
donde consultar ese último estudio de impacto ambiental, o en su
caso que me confirmasen que no se ha realizado..
Un saludo,
Enrique Martínez
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Estimado ciudadano:
Como respuesta a su solicitud, se adjunta el enlace web a la
información
solicitada.
[1][4]http://www.cmati.xunta.es/resolucions-da...
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su
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Atentamente,
Xunta de Galicia
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distribución, impresión ou copia de toda ou algunha parte da
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contida. Grazas.
En cumprimento co establecido no Art. 5 da LOPD (Lei Orgánica de
Protección de Datos de Carácter Persoal, informámolos de que os
seus datos
están incluídos nun ficheiro do que é responsable Conselleria de
Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza. Poderá exercitar
en
calquera momento os dereitos de acceso, rectificación e oposición
dos seus
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Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza, Edificio
Administrativo
de San Caetano, 15781 Santiago de Compostela (A Coruña)
El 20/01/2013 12:45, Enrique Martínez escribió:
Estimado Xunta de Galicia,
Me gustaría saber como y donde consultar el contenido íntegro de
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2000 hasta la fecha presente en referencia a la construcción del
viaducto de conexión del Corredor Brión-Noia con la AC 550.
Un saludo,
Enrique Martínez
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la información a Xunta de Galicia? Si es así, por favor
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2. mailto:[dirección de Xunta de Galicia]
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4. mailto:[dirección editada]
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7. [9]http://tuderechoasaber.es/es/help/officers
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2. mailto:[dirección de Xunta de Galicia]
3. mailto:[dirección de Xunta de Galicia]
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5. http://tuderechoasaber.es/es/help/contact
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Enrique Martínez dejó un comentario (21 de enero de 2013)
Muy amablemente me remiten al buscador de resoluciones de proyectos, pero en ese buscador la última resolución que aparece en referencia a mi solicitud sobre el viaducto es de fecha 15-03-2005, si tenemos en cuenta que el Real Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Evaluación de Impacto Ambiental de proyectos especifica lo siguiente:
Articulo 14. Caducidad de la declaración de impacto ambiental.
1. La declaración de impacto ambiental del proyecto o actividad caducará si una vez autorizado o aprobado el proyecto no se hubiera comenzado su ejecución en el plazo fijado por la comunidad autónoma. En tales casos, el promotor deberá iniciar nuevamente el trámite de evaluación ambiental del proyecto.
En los proyectos que deban ser autorizados o aprobados por la Administración General del Estado, dicho plazo será de cinco años.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el órgano ambiental podrá resolver, a solicitud del promotor, que dicha declaración sigue vigente al no haberse producido cambios sustanciales en los elementos esenciales que han servido de base para realizar la evaluación de impacto ambiental. El plazo máximo de emisión y notificación del informe sobre la revisión de la declaración de impacto ambiental será el que fije la comunidad autónoma.
Si tenemos en cuenta que muy posteriormente a la fecha de este estudio, mas en concreto con fecha 11-03-2008 se modificó el proyecto de la variante en su totalidad con la denominación de: Nova variante de Noia. AC/05/185.00.1 y que en 2011 comenzaron las obras del citado viaducto con cambios "absolutamente sustanciales", se entiende que debe haber al menos otro estudio de impacto ambiental entre el de 2008 de la variante exterior y el comienzo de las obras de la variante interior con viaducto sobre el estuario del Tambre que naturalmente no aparece reflejado en el estudio previo.
Dicho estudio de impacto ambiental no aparece en el buscador, por lo que mi consulta no queda resuelta.
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