Real Decreto 1360/1976, de 21 de mayo, publicado en el BOE el 23 de junio de 1976
Pedro L. Egea hizo esta solicitud de acceso a la información a Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
La respuesta a esta solicitud está retrasada. Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad debería haber respondido antes de 19 de junio de 2014 (más detalles)
De: Pedro L. Egea
20 de mayo de 2014
Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
Desearía saber que información histórica posee ese Ministerio sobre
el cumplimiento por los centros sanitarios de lo dispuesto en el
Real Decreto 1360/1976, de 21 de mayo, publicado en el BOE el 23 de
junio de 1976.
Un saludo,
Pedro L. Egea
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
21 de mayo de 2014
Buenos días:
Agradecemos que se haya puesto en contacto con el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad. Su consulta ha sido trasladada a la unidad
competente y emitiremos una respuesta tan pronto como sea posible.
Reciba un cordial saludo,
Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Paseo del Prado, nº 18 - 20
28071 - MADRID
Tfno: 901400100
[1]www.msssi.es
[2][dirección de Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad]
-----Mensaje original-----
De: Pedro L. Egea
[[3]mailto:[dirección editada]]
Enviado el: martes, 20 de mayo de 2014 8:12
Para: Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Asunto: solicitud acceso a la información - Real Decreto 1360/1976, de 21
de mayo, publicado en el BOE el 23 de junio de 1976
Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
Desearía saber que información histórica posee ese Ministerio sobre el
cumplimiento por los centros sanitarios de lo dispuesto en el Real Decreto
1360/1976, de 21 de mayo, publicado en el BOE el 23 de junio de 1976.
Un saludo,
Pedro L. Egea
-------------------------------------------------------------------
Por favor use la siguiente dirección de correo para todas las respuestas a
esta solicitud:
[4][dirección editada]
¿Es [5][dirección de Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad] la dirección incorrecta para solicitudes acceso a la
información a Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad? Si es
así, por favor contáctenos usando el siguiente formulario:
[6]http://tuderechoasaber.es/es/help/contact
Atención: Este mensaje y cualquier respuesta que hagas serán publicadas en
Internet. Nuestras políticas de privacidad y copyright:
[7]http://tuderechoasaber.es/es/help/officers
Si encuentra este servicio útil como responsable de acceso a la
información, pida al responsable de su web que añada un enlace a nuestra
web.
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De: Pedro L. Egea
21 de junio de 2014
Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
Buenos días: Les reitero mi petición sobre información histórica
que posee ese Ministerio sobre el cumplimiento por los centros
sanitarios de lo dispuesto en el Real Decreto 1360/1976, de 21 de
mayo, publicado en el BOE el 23 de junio de 1976, que les formulé
el pasado 20 de mayo.
Un saludo,
Pedro L. Egea
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
23 de junio de 2014
Buenos días:
Agradecemos que se haya puesto de nuevo en contacto con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y le comunicamos que hemos reiterado su demanda a la unidad competente, cuya respuesta le remitiremos en cuanto nos la envíen.
Reciba un cordial saludo,
Oficina de Información y Atención al Ciudadano Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad Paseo del Prado, nº 18 - 20
28071 - MADRID
Tfno: 901400100
www.msssi.es
[dirección de Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad]
-----Mensaje original-----
De: Pedro L. Egea [mailto:[dirección editada]]
Enviado el: sábado, 21 de junio de 2014 9:00
Para: Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Asunto: Re: RV: solicitud acceso a la información - Real EXPTE. 3162/14/IP
Estimado Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
Buenos días: Les reitero mi petición sobre información histórica que posee ese Ministerio sobre el cumplimiento por los centros sanitarios de lo dispuesto en el Real Decreto 1360/1976, de 21 de mayo, publicado en el BOE el 23 de junio de 1976, que les formulé el pasado 20 de mayo.
Un saludo,
Pedro L. Egea
mostrar el resto del mensaje
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
30 de junio de 2014
Buenos días:
Una vez recibida la respuesta de la unidad competente en la materia, le
trasladamos que su informe:
1.- El citado Real Decreto en los artículos 4, 5 de diseño y usos del
libro de registro,
establece que, por parte de las autoridades sanitarias y el Instituto
Nacional de
Estadística, el libro de registro tiene finalidad Estadística.
2.- En el artículo 6 señala que los datos del mismo tienen carácter
reservado y están
destinados a procurar el régimen interno de cada hospital. "Las
autoridades competentes
solo tendrán acceso a dichos datos para fines estadísticos o de estudio
debiéndose
mantener en tal caso el absoluto anonimato de las personas inscritas en el
libro".
3.-El INE, de ese modo, ha podido elaborar, en parte con base en el libro
de registro de
pacientes ingresados, la Estadística de morbilidad hospitalaria (EMH), que
tiene una
periodicidad anual y que está basada en una muestra de las altas ocurridas
en los
hospitales del país. La finalidad de la EMH es conocer el número y
distribución de
personas ingresadas según su diagnóstico (enfermedad o morbilidad).
4.- Desde 1987 y a raíz de un acuerdo del Consejo Interterritorial, se
inicia en el
Ministerio la recogida anual del denominado CMBD (conjunto mínimo básico
de datos al
alta hospitalaria). El CMBD, hasta la actualidad obligatorio para los
hospitales del Sistema
Nacional de Salud, recoge, también de forma anónima, datos relativos a las
altas para
estudiar sobre los pacientes ingresados, sus diagnósticos y su proceso de
atención
(procedimientos).
5.- El libro de registro sigue en vigor a pesar de su desuso por haber
sido sustituido por
registros informatizados, y a pesar del cambio en la estructura y
funciones de las
Administraciones.
6.- En esta Dirección General y como responsables de la estadística de
hospitales hemos
facilitado el modelo en papel del mencionado "Libro Registro de Enfermos
de los
Establecimientos Sanitarios con Régimen de Internado. Ingresos y Altas", a
aquellos
centros que no cuentan con medios informáticos. Hay que señalar que son
muy pocos los
casos de demanda de dicho modelo de registro. La última impresión tuvo
lugar en 1998 y
los últimos ejemplares solicitados en 2002.
Reciba un cordial saludo,
Oficina de Información y Atención al Ciudadano
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Paseo del Prado, nº 18 - 20
28071 - MADRID
Tfno: 901400100
[1]www.msssi.es
[2][dirección de Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad]
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