¡Colabora con nosotros!

Uso de la bandera nacional en dependencias militares.

Carlos Moreno hizo esta solicitud de acceso a la información a Ministerio de Defensa

La solicitud fue exitosa.

De: Carlos Moreno

07 de mayo de 2013

Estimado Ministerio de Defensa,

Observo que, pese a que la Constitución vigente consagra que
ninguna confesión religiosa tiene carácter estatal, el símbolo de
todos, la bandera nacional, es utilizada sectariamente durante
algunos días de semana santa en dependencias militares del Estado,
casas cuartel de la Guardia Civil y buques de la Armada incluidos.
En esas fechas la enseña nacional es izada a media asta en señal de
luto en lo que, a mi modesto entender, es un desprecio al texto
constitucional en vigor y a una parte importante de la ciudadanía.
Me interesaría conocer el origen de tan deplorable práctica, así
como el mando o autoridad civil o militar de la que depende su
ejecución y el texto legal en que se ampara la citada práctica.

Un saludo,

Carlos Moreno

Enlace

De: INFO DEFENSA

08 de mayo de 2013

En contestación a su correo, recibido en este Servicio de Información Administrativa, a continuación, se le relaciona la disposición en las queda perfectamente contestada su pregunta sobre legislación referente a la Bandera Nacional:

- Ley 39/1981, de 28 de octubre ( B.O.Estado nº 271, de fecha 12/11/1981), por la que se regula el uso de la
Bandera de España y el de otras banderas y enseñas. ( ver en www.boe.es )

- Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo ( B.O.Estado nº 125, de fecha 22/05/2010 ), por el que se aprueba el Reglamento de Honores militares.

Reciba un saludo.

-----Mensaje original-----
De: Carlos Moreno [mailto:[dirección editada]]
Enviado el: martes, 07 de mayo de 2013 1:38
Para: INFO DEFENSA
Asunto: solicitud acceso a la información - Uso de la bandera nacional en dependencias militares.

Estimado Ministerio de Defensa,

Observo que, pese a que la Constitución vigente consagra que
ninguna confesión religiosa tiene carácter estatal, el símbolo de
todos, la bandera nacional, es utilizada sectariamente durante
algunos días de semana santa en dependencias militares del Estado,
casas cuartel de la Guardia Civil y buques de la Armada incluidos.
En esas fechas la enseña nacional es izada a media asta en señal de
luto en lo que, a mi modesto entender, es un desprecio al texto
constitucional en vigor y a una parte importante de la ciudadanía.
Me interesaría conocer el origen de tan deplorable práctica, así
como el mando o autoridad civil o militar de la que depende su
ejecución y el texto legal en que se ampara la citada práctica.

Un saludo,

Carlos Moreno

-------------------------------------------------------------------

Por favor use la siguiente dirección de correo para todas las
respuestas a esta solicitud:
[dirección editada]

¿Es [dirección de Ministerio de Defensa] la dirección incorrecta para solicitudes
acceso a la información a Ministerio de Defensa? Si es así, por
favor contáctenos usando el siguiente formulario:
http://tuderechoasaber.es/es/help/contact

Atención: Este mensaje y cualquier respuesta que hagas serán
publicadas en Internet. Nuestras políticas de privacidad y
copyright:
http://tuderechoasaber.es/es/help/officers

Si encuentra este servicio útil como responsable de acceso a la
información, pida al responsable de su web que añada un enlace a
nuestra web.

-------------------------------------------------------------------

Enlace

Cosas que hacer con esta solicitud

Cualquiera:
Sólo Ministerio de Defensa: