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LIquidación de los Bienes Gananciales tras la ruptura de la convivencia en Pareja

PAMAC hizo esta solicitud de acceso a la información a Ministerio de Justicia

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De: PAMAC

10 de junio de 2013

Estimado Ministerio de Justicia,
Me podria decir cual es la razón de que una vez que se ha disuelto
la sociedad Marital con el Divorcio, por que no se produce la
disolución de los Bienes Gananciales, que se prolonga en el tiempo
Hasta que los menores cumplen los 27 años de edad) y por que la
Mayoria de los Españoles no nos podemos casar en Separación de
Bienes, teniendo que realizar previamente o posteriormente a la
ceremonia de la boda: Las Capitulaciones matrimoniales.
Por ultimo, dado el animo de recaudación con las Tasas Judiciales,
¿Por que no crea un CERTIFICADO de divorcio? en sustitución del
Testimonio de la Sentencia de divorcio, que es un documento privado
y que la administración pide para cualquier tramite
admninistrativo. En Otros paises existen, por ej, en EE.UU. esta a
un cambio de unos 30 € cada certificado.

Un saludo,

Madrid, 10 de junio del 2013
Paco Rodriguez
PAMAC

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