Sistema General de Espacios Libres y zonas verdes de Pamplona
Daniel Arencibia hizo esta solicitud de acceso a la información a Ayuntamiento de Pamplona
La solicitud fue exitosa.
De: Daniel Arencibia
30 de mayo de 2015
Estimado Ayuntamiento de Pamplona,
ANTECEDENTES.
I. El Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba
el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la
Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana señala que los
Planes Municipales de Ordenación Urbana señalarán los "espacios
libres destinados a parques públicos y zonas verdes en proporción
no inferior a cinco metros cuadrados por habitante".
II. Según recomendaciones de la OMS, las ciudades deben disponer,
como mínimo, de entre 10 y 15 metros cuadrados de área verde por
habitante, distribuidos equitativamente en relación a la densidad
de población. Es aconsejable que esta relación alcance valores
entre 15 y 20 metros cuadrados de zona verde útil.
SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA
1.-¿Cuál es la superficie total en el Municipio destinada al
Sistema General de Espacios Libres parques públicos y zonas verdes
tras descontar dominio público marítimo terrestre, dominio público
hidráulico, franjas de protección de carreteras y demás zonas no
compatibles con el uso de ocio ciudadano?
2.-¿Qué porcentaje representa esa cifra en la superficie total del
Plan de Ordenación Urbana?
3.-¿Cuál es la superficie de zona verde útil disponible por
habitante ?
4.-¿Qué inventario de superficies se han usado para el cálculo?
5.-¿Cuál es el ratio de árboles por habitante?
6.-¿Cumplen con los requisitos objetivos de zonas verdes útiles
usados para el cálculo de indicadores de Agenda 21 y Urban Audit?
7.-Ruego remita a mi atención copia de la información pública (art.
13 Ley 19/2013), cualquiera que sea su formato o soporte, que obre
en su poder y trate de manera específica la adecuación de la
superficie municipal a los requisitos mínimos de superficie de zona
verde útil o de sistema general de espacios libres.
Un saludo,
Daniel Arencibia
Ayuntamiento de Pamplona
30 de mayo de 2015
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[dirección de Ayuntamiento de Pamplona]
02 de julio de 2015
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Ayuntamiento de Pamplona
02 de julio de 2015
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[email address]
De: Iriarte Senosiain Beatriz
Ayuntamiento de Pamplona
02 de julio de 2015
Buenos días:
Estas consultas se las resolverá el Área de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Pamplona (948-420380).
Saludos,
Beatriz Iriarte Senosiain
Servicio - 010 - Zerbitzua
Ayuntamiento de Pamplona - Iruñeko Udala
Tel.: 010 / 948 420100 - http://www.pamplona.es
-----Mensaje original-----
De: Daniel Arencibia [mailto:[dirección editada]]
Enviado el: jueves, 02 de julio de 2015 11:18
Para: Servicio 010
Asunto: solicitud acceso a la información - Sistema General de Espacios Libres y zonas verdes de Pamplona
Estimado Ayuntamiento de Pamplona,
ANTECEDENTES.
I. El Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana señala que los Planes Municipales de Ordenación Urbana señalarán los "espacios libres destinados a parques públicos y zonas verdes en proporción no inferior a cinco metros cuadrados por habitante".
II. Según recomendaciones de la OMS, las ciudades deben disponer, como mínimo, de entre 10 y 15 metros cuadrados de área verde por habitante, distribuidos equitativamente en relación a la densidad de población. Es aconsejable que esta relación alcance valores entre 15 y 20 metros cuadrados de zona verde útil.
SOLICITUDES DE INFORMACIÓN PÚBLICA
1.-¿Cuál es la superficie total en el Municipio destinada al Sistema General de Espacios Libres parques públicos y zonas verdes tras descontar dominio público marítimo terrestre, dominio público hidráulico, franjas de protección de carreteras y demás zonas no compatibles con el uso de ocio ciudadano?
2.-¿Qué porcentaje representa esa cifra en la superficie total del Plan de Ordenación Urbana?
3.-¿Cuál es la superficie de zona verde útil disponible por habitante ?
4.-¿Qué inventario de superficies se han usado para el cálculo?
5.-¿Cuál es el ratio de árboles por habitante?
6.-¿Cumplen con los requisitos objetivos de zonas verdes útiles usados para el cálculo de indicadores de Agenda 21 y Urban Audit?
7.-Ruego remita a mi atención copia de la información pública (art. 13 Ley 19/2013), cualquiera que sea su formato o soporte, que obre en su poder y trate de manera específica la adecuación de la superficie municipal a los requisitos mínimos de superficie de zona verde útil o de sistema general de espacios libres.
Un saludo,
Daniel Arencibia
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[dirección editada]
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http://tuderechoasaber.es/es/help/contact
Atención: Este mensaje y cualquier respuesta que hagas serán publicadas en Internet. Nuestras políticas de privacidad y copyright:
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M. Ángel Gavilanes dejó un comentario (02 de julio de 2015)
Hola Daniel,
Ya que te remiten a otro organismo y dan sólo un teléfono, te recomendamos que les contestes y les pidas una dirección de correo de contacto del Área de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Pamplona.
Un saludo.
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