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Solicitud de información sobre las retenciones de inmigrantes

Lydia hizo esta solicitud de acceso a la información a Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración

La respuesta a esta solicitud está retrasada. Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración debería haber respondido antes de 15 de abril de 2013 (más detalles)

De: Lydia

15 de marzo de 2013

Estimado Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración,

Me dirijo a usted con el fin de solicitar información y/o
documentos que tengan (o que se encuentren en archivos a los que
puedan acceder) relativos a las retenciones de inmigrantes. Más
concretamente, en referencia a la La Ley 30/1992, de 26 de
noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común que desarrolla el artículo
105 b) de la Constitución solicito lo siguiente:

1)Que, por favor, proporcionen una lista completa con los nombres y
localizaciones de todas las instalaciones que estén en uso
actualmente y que estén destinadas a recluir a personas que no
tienen la ciudadanía, detenidas por faltas administrativas por
periodos superiores a tres días, por razones relativas a la
inmigración.[1]

2)Que, por favor, den el número total de personas retenidas por
cuestiones relativas a la inmigración durante los años 2010, 2011 y
2012.[2]

3)Que, por favor, den el número total de demandantes de asilo que
estuvieron retenidos durante los años 2010, 2011 y 2012.[3]

Le agradecería enormemente que, si fuera posible, enviara esta
información y estos documentos en formato electrónico a mi
dirección de e-mail.

Para respuestas que incluyan conjuntos de datos, le agradecería que
enviara la información solicitada en un Excel u otro tipo de hoja
de cálculo.

En caso de necesitar más información, o para aclarar cualquier duda
sobre esta solicitud, por favor, no dude en ponerse en contacto
conmigo.

Gracias por su atención y por su ayuda.

Atentamente,

Lydia Medland
Access Info Europe

Michael Flynn
Global Detention Project

[1] La lista debería incluir cualquier instalación en la que se
impida a los individuos salir de ella libremente o por voluntad
propia. Además de los centros de detención a largo plazo usados con
el propósito de facilitar las deportaciones (incluyendo centros
penitenciarios y, especialmente, los centros de detención de
inmigrantes), esta lista debería incluir cualquier “centro de
recepción” que impida a los demandantes de asilo salir libremente
de sus instalaciones; refugios o centros juveniles que priven a los
menores de su libertad, incluyendo tanto a los que se encuentren
acompañados por adultos como a los que no; así como aquellas
instalaciones de tránsito o de la policía de aduanas situadas en
aeropuertos u otros puertos de acceso al país que pudieran albergar
gente por más de tres días para impedir su entrada al país.

[2] Por favor, dé una breve explicación de quién está incluido en
estos totales (por ejemplo, ¿incluyen menores no acompañados,
demandantes de asilo a la espera de decisiones sobre sus
peticiones, inmigrantes ilegales en procesos de deportación, y/o
personas sin la ciudadanía envueltos en procedimientos de
deportación tras una condena penal?)

[3] Por favor, indique si esta lista incluye tanto a personas que
han estado retenidas tras rellenar la solicitud de asilo o bien a
la entrada, así como aquellos que la rellenaron tras estar
arrestados. Indique también, por favor, si esta lista incluye a
demandantes de asilo que hayan permanecido en centros de recepción
bajo vigilancia por periodos superiores a tres días. Si esto no
fuera así, ¿podría proporcionarnos las distintas estadísticas
indicando el número de demandantes de asilo situados en centros de
recepción bajo vigilancia por periodos superiores a tres días
durante los años 2010, 2011 y 2012?

Enlace

De: Lydia

06 de septiembre de 2013

Estimado Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración,

Hace varios meses, les envié una solicitud de información sobre las
retenciones de inmigrantes. La solicitud consistía en las
siguientes preguntas:

"en referencia a la La Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común que desarrolla el artículo 105 b) de la
Constitución solicito lo siguiente:

1) Que, por favor, proporcionen una lista completa con los nombres
y localizaciones de todas las instalaciones que estén en uso
actualmente y que estén destinadas a recluir a personas que no
tienen la ciudadanía, detenidas por faltas administrativas por
periodos superiores a tres días, por razones relativas a la
inmigración.

2) Que, por favor, den el número total de personas retenidas por
cuestiones relativas a la inmigración durante los años 2010, 2011 y
2012.

3) Que, por favor, den el número total de demandantes de asilo que
estuvieron retenidos durante los años 2010, 2011 y 2012."

Todavía no he recibido ninguna respuesta. Me gustaría saber si van
a contestar a la solicitud, en caso contrario me gustaría saber a
qué entidad pública puedo dirigir mi solicitud.

Muchas gracias y un saludo,

Lydia

Enlace

Cosas que hacer con esta solicitud

Cualquiera:
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